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sábado, octubre 24, 2020

Cuestiones de Hinteligencia 

Por otra parte, si en verdad quieren ir a votar y no se consideran anarquistas sino que comunistas, es mucho más fácil buscar argumentos y citas históricas que avalen su postura. Entiendo que hasta Amadeo Bordiga, el "abstencionista", acató la disciplina leninista cuando implicaba ir a votar. Mucho mejores que algo que andaba diciendo una "comunista libertaria" en cuanto a que votar o no votar no se trata de principios sino que de métodos. 

Por ejemplo Marx y Engels, en el Manifiesto Comunista (1847/8): "Resumiendo: los comunistas apoyan en todas partes, como se ve, cuantos movimientos revolucionarios se planteen contra el régimen social y político imperante.

En todos estos movimientos se ponen de relieve el régimen de la propiedad, cualquiera que sea la forma más o menos progresiva que revista, como la cuestión fundamental que se ventila.

Finalmente, los comunistas laboran por llegar a la unión y la inteligencia de los partidos democráticos de todos los países.

Los comunistas no tienen por qué guardar encubiertas sus ideas e intenciones.  Abiertamente declaran que sus objetivos sólo pueden alcanzarse derrocando por la violencia todo el orden social existente. Tiemblen, si quieren, las clases gobernantes, ante la perspectiva de una revolución comunista.  Los proletarios, con ella, no tienen nada que perder, como no sea sus cadenas.  Tienen, en cambio, un mundo entero que ganar".

No sé si es tan clara hoy en dia esta cuestión, pero es evidente que ahi justifican un cierto etapismo que a mi juicio hoy no tiene mucha base social, pues aunque la mayoría hable de "oligarquía", es la burguesía la que ya domina en Chile hace muuuuuucho tiempo.


"La contra-revolución molecular" fue publicada en la revista CARCAJ, que adjuntó esa tremenda foto de una acción antifascista ejecutada solitariamente por una viejita en la ciudad sueca de Lund, donde los fascistas solían marchar una vez al año en los 90. No se pierden el fanzine de Carcaj a 1 año de Octubre

¿Es sorpresivo que en menos de 1 mes se haya detenido a 3 marinos en medio de protestas violentas? No señor/a. Un reportaje de Interferencia deja en claro el por qué. Además, los dejamos con esta columna sobre la Hinteligencia del Estado, publicada en La Voz de los que Sobran:

“Inteligencia: el proceso sistemático de recolección, evaluación y análisis de información, cuya finalidad es producir conocimiento útil para la toma de decisiones” (art. 2 letra a), Ley 19.974).

En 1986 se editó y circuló bastante un libro que no he vuelto a ver: “La Hinteligencia militar”, atribuido a Alejandro Gomabieta. El interior del llamativo artefacto o “libro-objeto” era una gran cantidad de hojas completamente en banco. En la solapa había algunos comentarios, del cual sólo recuerdo este: “Nunca se había dicho tanto con tan poco”. Ediciones posteriores, incluyendo una versión “bilingüe, corregida y aumentada” (Oxímoron, 2016), señalan como autor a Sergio Pesutic.

¿Cuánto ha cambiado la situación cuatro décadas después? ¿Poco y nada? ¿O hubo algún cambio sustantivo? Siendo dialécticos, siempre hay algo que cambia y algo que permanece.

Por ejemplo, después de la disolución de la Central Nacional de Informaciones de Pinochet y Contreras, y su posterior reemplazo por la Oficina de Seguridad Pública de Aylwin y Schilling, hubo que esperar hasta el 2004 para contar con una regulación legal del “Sistema de Inteligencia del Estado” (SIE).

Desde la ANEPE (Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos, entidad encargada de la educación superior del sistema de defensa nacional) hasta el hoy senador Schilling (PS) se quejan de que en realidad no tenemos un sistema de inteligencia, sino que varios subsistemas (inteligencia gubernamental, policial, militar y de cada rama de las FFAA y de Orden) que no comparten mucha información entre sí.

Según los “Cuadernos de trabajo” de la ANEPE referido al tema la razón para dicha “balcanización” del sistema tiene que ver con el trauma histórico de los crímenes de lesa humanidad cometidos por los servicios de inteligencia que accionaron durante la dictadura, y por eso se optó en la Ley 19.974 por crear una Agencia Nacional de Inteligencia al servicio de gobierno que se dedicara más bien a obtener y procesar información, sin “capacidad operativa” propia. Dicha Agencia coexiste con las otras formas de inteligencia externa e interna, pero hay consenso en que no hay un “sistema” pues no existe una “política de Estado” en esta materia.

Los defectos del sistema han sido públicos y notorios desde hace un buen tiempo, entre otras cosas por su escasa eficacia predictiva. Por eso es que el actual gobierno ha impulsado un proyecto de ley para “fortalecer y modernizar” la ANI y todo el sistema de inteligencia (Boletín 12204-02), en cuyo Mensaje se señala que “el Sistema de Inteligencia del Estado (SIE) vigente obedece a premisas que no responden adecuadamente a las necesidades actuales”.

Esto días hemos conocido dos tipos de informes de inteligencia en relación al estallido de octubre del 2019. Mientras la ANI sencillamente se dedicó a alertar sobre la posibilidad de que las que las evasiones convocadas por secundarios derivaran en hechos de violencia, sin advertir de una posible asonada popular en todo el país, la Dirección de Inteligencia del Ejército elaboraba una especie de “Plan Z” versión 2019, centrado en una ficticia invasión chavista desde Venezuela, muy acorde al imaginario de la derecha dura, que motivó al Presidente a hacer su desafortunada declaración de guerra ese domingo 20 de octubre. En este caso, la “toma decisiones” en base a “información de inteligencia” tuvo efectos desastrosos, escalando considerablemente los niveles de  violencia social y represiva.

Aparte de avalar malas decisiones, algo que no cambia en todo este tiempo es la tendencia inmanente del sistema a violar derechos fundamentales de las personas más allá de los límites constitucionales y legales, por lo general desde la más completa oscuridad e impunidad. Porque en general la actividad de inteligencia es secreta, y consiste no sólo en analizar información a la que se accede por “fuentes abiertas”, sino que diversas formas de espionaje e injerencias en la vida privada de las personas definidas como “blancos” de investigación.

Es totalmente lógico pensar que casos como la “Operación Huracán”, donde al alero de la Ley de Inteligencia se inventó prueba para inculpar a comuneros mapuche por “asociación ilícita terrorista” y la gran cantidad de actuaciones en relación a organizaciones sociales y políticas detectadas en la filtración “Pacoleaks” son sólo la punta de un iceberg realmente enorme cuya parte oculta no alcanzamos ni a imaginar.

A pesar de ello, otro elemento que permanece en el tiempo es el constante reclamo por parte de policías y fiscales que dicen que no cuentan con las herramientas legales adecuadas para cumplir con sus labores antiterroristas y/o de inteligencia, a pesar de que en la práctica ya cuentan con un arsenal impresionante de medias intrusivas y tecnología de punta para aplicarlas sin mayor esfuerzo, con muy débiles controles civiles y escaso respeto a la legalidad vigente. Esos reclamos se usan como evidencia “científica” de la necesidad de estas reformas legales por parte de los sectores que las promueven, que no son sólo los partidos de derecha.

El caso del Carabinero infiltrado es las ollas comunes de Lo Hermida es completamente demostrativo de cómo se hacen este tipo de actuaciones hoy en día.

En primer lugar, si bien la Ley que crea el Sistema de Inteligencia del Estado permite dentro de sus “procedimientos especiales” que se utilicen agentes encubiertos, éstos  “estarán limitados exclusivamente a actividades de inteligencia y contrainteligencia que tengan por objetivo resguardar la seguridad nacional y proteger a Chile y su pueblo de las amenazas del terrorismo, el crimen organizado y el narcotráfico” (art. 23).

No entra en este tipo de actividad las “ollas comunes”, y ya es ilegal y escandaloso en sí mismo el hecho de  que se les estime como una forma de criminalidad organizada.

En segundo lugar porque si bien los Ministros de la UDI Pérez y Bellolio (el primero proveniente de los viejos tiempos de la Hinteligencia Militar del período 1973/1990) se apresuraron en señalar que todo era “perfectamente legal”, incluso la incitación a realizar ataques incendiarios a una Comisaría, no cabe duda de que la Ley de Inteligencia no permite el uso de “agentes provocadores”, pues lo que se autoriza en su artículo 31 es que los “directores o jefes de los organismos de inteligencia militares o policiales, sin necesidad de autorización judicial, podrán disponer que uno de sus funcionarios”, siempre en el marco de las actividades señaladas en el art. 23, “oculte su identidad oficial con el fin de obtener información y recabar antecedentes que servirán de base al proceso de inteligencia a que se refiere esta ley. Para tal objetivo podrá introducirse en organizaciones sospechosas de actividades criminales”.

Así que a la ilegalidad ya señalada se agrega esta otra, aún más escandalosa, pues va mucho más allá de lo que la ley permite, siendo entonces además inconstitucional por violar el principio de legalidad (arts. 6 y 7 de la Constitución). Lo mismo pasó en la Operación Huracán, cuando la Corte de Apelaciones de Temuco le validó a la inteligencia policial diligencias intrusivas que ya habían sido efectuadas, lo cual va claramente en contra del sistema de autorizaciones judiciales previas que contempla la Ley 19.974.

En el Mensaje del Boletín N° 12.589-07, proyecto de “ley corta” presentado el 2019 con el que Piñera y Chadwick buscaban reforzar la Ley Antiterrorista, sus autores señalaban que “si bien la misma definición del delito terrorista de la ley N° 18.314 conlleva una dificultad para configurar el carácter de tal, es la falta de inteligencia policial y de herramientas de persecución lo que en gran medida ha hecho fracasar una serie de causas donde se pretendía condenar bajo la ley que sanciona conductas terroristas”.

La sola lectura de los artículos 23 y 31 de la Ley 19.974 demuestra que lo segundo es falso: la facultad de usar “herramientas” como la infiltración de agentes encubiertos en organizaciones sospechosas de terrorismo ya existe, y se aplica ampliamente, incluso en contra de los amplios requisitos y precarios límites que le impone el texto legal.

La primera afirmación, sobre falta de inteligencia, no la vamos a refutar pues, como dice el viejo refrán jurídico: a confesión de parte, relevo de pruebas.


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