jueves, julio 25, 2013
Justicia de clase
Familiares y Amig@s:
Como habrán sabido
la sentencia ha sido de 5 años de pena efectiva más 300 días por daños lo que
suma otro y quisiera referirme brevemente al respecto como esposa de Hans y
madre de nuestro hijo Pedro.
En
primer lugar agradecer enormemente vuestro apoyo a lo largo de este proceso,
alguno más otros menos, sé que nuestra historia no ha dejado indiferente a
nadie, porque quienes nos conocen a mi y a Hans sabrán con certeza lo
desproporcionado que ha sido el proceso judicial y su sentencia.
Segundo, 5 años para
algunos les parecerá una barbaridad, más yo se que los años pasan rápidos y
para algunos más rápido incluso de lo que realmente quisieran, me imagino que
quienes transformaron esta historia en un acontecimiento comunicacional
político estarán saltado de felicidad y celebrando por condenar a una pena
efectiva de 5 años a una persona, mi esposo, a quien con mucha dificultad se le
logra comprobar la participación en un delito cuyo resultado es el quiebre nada
más ni nada menos que de 3 ventanales de una sucursal bancaria inoperante a la
hora de los hechos. Cada quien es responsable de medir sus propias victorias, y
esta sin duda representa una para quienes no son capaces de lograr penas
efectivas para los verdaderos enemigos de los ciudadanos, más sí para los que
determinan como los suyos dentro de un proceso judicial altamente cuestionable,
la índole de su triunfo no habla sino más de sus prosaicas pretensiones,
precaria calidad profesional y por cierto humana, de personas que en alguna
parte de su historia consideraban la eliminación de los disidentes mediante la
muerte y la tortura hasta hoy por ellos legitimada , hoy día esa eliminación es
posible solo mediante la prisión y el Ministerio Publico aparece como el trompo
por excelencia para el logro de dichas aberraciones . Me alegra no ser parte de
su felicidad y me enaltece por ahora llorar con mi corazón destrozado, pero mi
moral es intocable y sé que mis lagrimas se transformaran más temprano que
tarde en alegría y risas al lado de mi esposo y de mi hijo sin deber nada, sin
cargar con la historia horrible de quienes lo han acusado de terrorista
teniendo en el cajón de su memoria tanto crimen tanta muerte y la
responsabilidad de tanto dolor y sangre cruelmente esparcida en la historia del
país que con un curioso proceder, dicen tanto proteger, se entiende entonces,
que el país son ellos más no el resto de los ciudadanos que en ellos tanto
creen y de los cuales se han cansado de abusar los más poderosos y verdaderos
terroristas en las más absoluta impunidad.
Por último agradezco
enormemente a los abogados Julio Cortés, Rodrigo Román, a sus respectivas
familias y a la Defensoría Popular, por el tiempo dedicado, su profesionalismo
su cariño y por cierto su incansable humanidad.
Y para Hans, todo el
amor y la fortaleza del mundo, la vida nos espera a los tres llena de
felicidad, bosques caminos y mares. Te amo.
Daniela Paz
Rodriguez Salas
Etiquetas: chanchos culiaos delirando, fuerza Hans
domingo, marzo 31, 2013
Un momio feroz: Axel Buchheister
Los momios siguen indignados con Niemeyer. Es la encarnación del Mal.
Y hasta hacen como si se olvidaran que todo su orden político actual reposa en las bombas que arrojaron en su momento contra el palacio de Gobierno. Pero claro: "terrorista" para ellos es sólo el que lanza una molotov contra la Moneda, aunque ni siquiera queme del todo una ventana de madera.
Con ustedes, Axel Buchheister.
Y hasta hacen como si se olvidaran que todo su orden político actual reposa en las bombas que arrojaron en su momento contra el palacio de Gobierno. Pero claro: "terrorista" para ellos es sólo el que lanza una molotov contra la Moneda, aunque ni siquiera queme del todo una ventana de madera.
Con ustedes, Axel Buchheister.
Comedia judicial
Mientras el prófugo Hans Niemeyer -acusado de poner varias bombas- hace escarnio del imperio de la ley, nuestro sistema judicial rinde culto a los formulismos y a la burocracia. Quizás alguna autoridad de lo que sea se sonroje y exclame ¡hasta cuándo!
QUE ESTE acusado de poner varias bombas no constituye obstáculo para que Hans Niemeyer nos dicte cátedra desde la clandestinidad. Incluso, nos previene a los chilenos que pongamos las “barbas en remojo”, porque irá a su juicio a dejar en evidencia las mentiras, acusaciones basadas en conjeturas y especulaciones ridículas de que ha sido objeto. Recordemos que esto es posible porque un juez reiteradamente le dio la libertad provisional, la cual fue revocada tres veces por la Corte de Apelaciones, hasta que ocurrió lo inevitable: se fugó. En los países en que rige el “estado de derecho”, bastaría un fallo del tribunal de alzada y se acataría.
Mientras el prófugo hace escarnio del imperio de la ley, nuestro sistema judicial rinde culto a los formulismos y a la burocracia. Si no lo cree, es cosa que lea lo que informó al respecto la prensa en la semana.
Sucede que para que tenga lugar un juicio oral debe notificarse de ello al imputado, lo que cualquiera pensaría que no es posible hacer, porque está escondido. Así lo cree también el Ministerio Público, motivo por el cual pidió al tribunal oral el sobreseimiento temporal, esto es, que se suspenda el juicio hasta que lo encuentren. Pero sí fue posible practicar el solemne trámite, porque concurrió un ministro de fe a la casa de su madre y constató, según certificó, que ese era el domicilio del fugado y, además, que se encuentra en el lugar del juicio, de modo que lo notificó válidamente dejándole una copia. Si a este eficaz funcionario auxiliar de la justicia le constan tantas cosas, mejor le encargáramos a él la detención y no a la policía, que parece saber bastante menos.
Basado en esa certificación, que todos sabemos que no obedece a nada real, el tribunal oral, integrado no por uno sino por tres jueces, rechazó la petición de la fiscalía, pues está acreditado que “desde el 19 de marzo último, Hans Felipe Niemeyer Salinas se encuentra en el lugar del juicio (Santiago), en su domicilio”, por lo que no procede detener el juicio. Entonces, el Ministerio Público tuvo que concurrir -suponemos que no había otra alternativa-, encabezado nada menos que por el fiscal regional, quien tiene por tarea la dirección superior de la persecución penal en la vasta zona sur de Santiago, al domicilio donde está certificado que reside Niemeyer y allanarlo, acompañado de carabineros. Por cierto que no estaba, pero la gestión se consideró satisfactoria, porque ahora se podrá demostrar al tribunal que no está ahí y pedir nuevamente el sobreseimiento temporal. Es fundamental, porque si llegado el día del juicio Niemeyer no está, no se podrá llevar adelante y habrá que fijar nueva fecha y notificarlo. O peor, quizás se dé el gusto de un acto teatral y aparezca en el juicio, como ha amenazado, dejando a todo el sistema judicial-persecutorio-policial en evidencia, salvo a los encargados de las notificaciones. Todo lo anterior, al menos, ha implicado un dispendio de recursos en gestiones inútiles que tendría que preocuparnos.
Quizás, además, alguna autoridad de lo que sea se sonroje y exclame ¡hasta cuándo! y haga algo para que el sistema empiece a funcionar. Los que lo financiamos con nuestros impuestos pedimos eso, nada más.
Mientras el prófugo hace escarnio del imperio de la ley, nuestro sistema judicial rinde culto a los formulismos y a la burocracia. Si no lo cree, es cosa que lea lo que informó al respecto la prensa en la semana.
Sucede que para que tenga lugar un juicio oral debe notificarse de ello al imputado, lo que cualquiera pensaría que no es posible hacer, porque está escondido. Así lo cree también el Ministerio Público, motivo por el cual pidió al tribunal oral el sobreseimiento temporal, esto es, que se suspenda el juicio hasta que lo encuentren. Pero sí fue posible practicar el solemne trámite, porque concurrió un ministro de fe a la casa de su madre y constató, según certificó, que ese era el domicilio del fugado y, además, que se encuentra en el lugar del juicio, de modo que lo notificó válidamente dejándole una copia. Si a este eficaz funcionario auxiliar de la justicia le constan tantas cosas, mejor le encargáramos a él la detención y no a la policía, que parece saber bastante menos.
Basado en esa certificación, que todos sabemos que no obedece a nada real, el tribunal oral, integrado no por uno sino por tres jueces, rechazó la petición de la fiscalía, pues está acreditado que “desde el 19 de marzo último, Hans Felipe Niemeyer Salinas se encuentra en el lugar del juicio (Santiago), en su domicilio”, por lo que no procede detener el juicio. Entonces, el Ministerio Público tuvo que concurrir -suponemos que no había otra alternativa-, encabezado nada menos que por el fiscal regional, quien tiene por tarea la dirección superior de la persecución penal en la vasta zona sur de Santiago, al domicilio donde está certificado que reside Niemeyer y allanarlo, acompañado de carabineros. Por cierto que no estaba, pero la gestión se consideró satisfactoria, porque ahora se podrá demostrar al tribunal que no está ahí y pedir nuevamente el sobreseimiento temporal. Es fundamental, porque si llegado el día del juicio Niemeyer no está, no se podrá llevar adelante y habrá que fijar nueva fecha y notificarlo. O peor, quizás se dé el gusto de un acto teatral y aparezca en el juicio, como ha amenazado, dejando a todo el sistema judicial-persecutorio-policial en evidencia, salvo a los encargados de las notificaciones. Todo lo anterior, al menos, ha implicado un dispendio de recursos en gestiones inútiles que tendría que preocuparnos.
Quizás, además, alguna autoridad de lo que sea se sonroje y exclame ¡hasta cuándo! y haga algo para que el sistema empiece a funcionar. Los que lo financiamos con nuestros impuestos pedimos eso, nada más.
http://www.latercera.com/noticia/opinion/ideas-y-debates/2013/03/895-516392-9-comedia-judicial.shtml
Etiquetas: aparatos ideológicos de estado, baja filosofía, fuerza Hans, momios feroces, prensa burguesa
sábado, diciembre 22, 2012
Fuga de acusado en caso bombas
Señor director:
Excelente su editorial del miércoles. No es posible que los jueces de garantía ignoren lo dispuesto por su superior jerárquico, la Corte de Apelaciones. Esto es más grave cuando la corte había enmendado la falta de sentido común de un juez al dejar libre, por segunda o tercera vez, a un acusado de fabricación de bombas.
Además, al ser modificada la sanción, se hizo uso de un fax inexistente y luego de 12 días se envió un correo electrónico en el cual se olvidó incluir la orden de detención. El imputado aprovechó y se fugó.
Carabineros no tiene la más mínima responsabilidad en los errores cometidos por los jueces o tribunales. ¿Qué sanción reciben los involucrados? Por menos se han ido autoridades y, últimamente, un excelente ministro de Justicia.
Olga Cuevas Camarda
(http://www.latercera.com/noticia/opinion/correos-de-los-lectores/2012/12/896-499673-9-fuga-de-acusado-en-caso-bombas.shtml)
“Si algo quieres explotar a Dante tú debes llamar, porque Maguito es explosivo y a la Tierra va a salvar”
Excelente su editorial del miércoles. No es posible que los jueces de garantía ignoren lo dispuesto por su superior jerárquico, la Corte de Apelaciones. Esto es más grave cuando la corte había enmendado la falta de sentido común de un juez al dejar libre, por segunda o tercera vez, a un acusado de fabricación de bombas.
Además, al ser modificada la sanción, se hizo uso de un fax inexistente y luego de 12 días se envió un correo electrónico en el cual se olvidó incluir la orden de detención. El imputado aprovechó y se fugó.
Carabineros no tiene la más mínima responsabilidad en los errores cometidos por los jueces o tribunales. ¿Qué sanción reciben los involucrados? Por menos se han ido autoridades y, últimamente, un excelente ministro de Justicia.
Olga Cuevas Camarda
(http://www.latercera.com/noticia/opinion/correos-de-los-lectores/2012/12/896-499673-9-fuga-de-acusado-en-caso-bombas.shtml)
Etiquetas: fuerza Hans, lucha armada, perlas de la estupidez humana, prensa burguesa, solidaridad
viernes, diciembre 21, 2012
Solidaridad con Hans Niemeyer
Distintos medios de prensa y televisión han informado con una semana de retraso acerca de la no presentación de Hans Niemeyer a cumplir con la medida de prisión preventiva decretada por tercera vez por la Corte de Apelaciones de Santiago. Al informar sobre eso se concentran en las descoordinaciones entre tribunales y policías, en su calidad actual de “prófugo de la justicia”, y en las órdenes de captura internacional que se han dictado.
Lo que no se informa con el mismo énfasis es lo siguiente:
1.- Hans Niemeyer estaba en prisión desde hace un año, y dos veces el Tribunal de Garantía estimó que por no tratarse de un delito terrorista de acuerdo a la legislación vigente, era mejor reemplazar la prisión preventiva por una medida cautelar menos intensa. En ambas ocasiones la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la decisión, obligando a mantenerlo en prisión preventiva a la espera de juicio, y en ambas ocasiones Niemeyer se presentó de inmediato al tribunal, quien lo puso a disposición de Gendarmería para ser trasladado a la Cárcel de Alta Seguridad.
2.- Esta tercera vez en que se decretó arresto domiciliario el antecedente que el Tribunal de garantía tuvo en cuenta como fundamento fue la sentencia de la Corte de Apelaciones que al rechazar la nulidad del juicio contra Luciano Pitronello desarrolló en detalle la idea de que en el ordenamiento jurídico chileno las colocaciones de explosivos pueden ser delitos comunes (daño), delitos especiales (infracciones a la ley de Control de Armas y Explosivos), y solamente si se acredita que el hecho se causó con la finalidad directa de causar en la población el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, se trataría de delitos terroristas.
3.- Esta interpretación, lejos de ser insensata, va en consonancia con las modificaciones efectuadas en el año 2010 al art. 1 de la Ley de Conductas Terroristas a propuesta del Ejecutivo, y permiten racionalizar lo que de otro modo sería una abierta banalización del concepto de terrorismo, para ser aplicado a otros tipos de violencia política y social que nada tienen que ver con intimidar poblaciones mediante ataques masivos e indiscriminados, que serían precisamente la característica definitoria del terrorismo propiamente tal.
4.- Pese a lo contundente del fallo que puso término por tercera vez a la prisión preventiva de Hans Niemeyer, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió los recursos interpuestos por la Fiscalía, el Ministerio del Interior y la Fundación Jaime Guzmán, aduciendo simplemente que “no han variado las circunstancias”, “sin perjuicio de la calificación jurídica que en definitiva se le dé a estos hechos”. Además, señalaron que el hecho de que la policía no haya ido a supervisar el cumplimiento del arresto domiciliario en los 9 días en que la medida se mantuvo vigente, era “contradictorio con los fines privativos o restrictivos de libertad perseguidos por el Ministerio Público”.
Esto último resulta sorprendente, puesto que si bien esa contradicción es evidente y demostrativa de que el juicio a Niemeyer puede seguir adelante sin necesidad de que permanezca en la cárcel, los ministros de Corte resolvieron en definitiva haciendo caer sobre Niemeyer el peso de errores que son imputables a los órganos del Estado, ¡no a un imputado!
5.- El juicio a Niemeyer, que debería haber estado empezando en estas fechas, se encuentra paralizado desde hace dos meses a petición del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en virtud de un requerimiento presentado en ese entonces por Rodrigo Hinzpeter ante el Tribunal Constitucional, donde se decidirá si el Estado en tanto querellante tiene o no las mismas facultades que el Estado en tanto persecutor, concretamente en relación a la posibilidad de apelar contra el auto de apertura del juicio oral, que las leyes vigentes conceden sólo al Ministerio Público.
Esta sola pretensión resulta sorprendente, puesto que en principio el Derecho Constitucional protege a los ciudadanos del Estado, contemplando a favor de las personas ciertos derechos fundamentales que en este caso el Gobierno invoca a su favor, en abierto desprecio a la legalidad vigente que es la que establece las posibilidades de actuación de cada órgano estatal.
Con este pretexto, el juicio se ha suspendido, y la pretensión de los persecutores y ciertos jueces es que durante los extensos meses en que este trámite demorará en ser resuelto, Hans Niemeyer se mantenga en prisión.
Frente a esto hay que ser claros: esta prisión no se justifica ya ni por las necesidades del proceso ni como garantía de que Niemeyer sea juzgado. Esta prisión ya no se justifica desde la razón jurídica estricta, sino que obedece a pura razón de Estado, al uso del sistema penal como herramienta de aplicación política de castigos. En este sentido, lo que se quiere es garantizar que Niemeyer esté casi un año y medio preso, aunque finalmente sea absuelto a condenado a penas mucho menores que no impliquen cárcel efectiva.
6.- Por todas estas razones es que la no presentación de Hans Niemeyer a cumplir por tercera vez con la medida de prisión impuesta en estas condiciones debe ser vista como un acto de dignidad y rebeldía, que a la vez que pone en evidencia la precaria calidad y eficacia de las policías, llama la atención sobre un sistema penal y legal que por más que declare basarse en garantías, debido proceso y derechos fundamentales de las personas, en la práctica está diseñado como un espectáculo represivo que debe desmoralizar a los imputados y hacerles agachar la cabeza.
Su acción debe ser vista como una protesta contra mecanismos como el que se le pretende aplicar, que el poder represivo usa para no llevar a una persona a juicio en un plazo razonable sino quehacer que se pierda en una maraña de acciones dilatorias con el único fin aplicar una cantidad mayor de castigo, aunque resulte abiertamente ilegal incluso para las propias leyes que se han dado los Estados y que son los primeros en violar.
Por un abogado ilegalista
Etiquetas: abajo las cárceles del capital, fuerza Hans



